Los vehículos que se pueden beneficiar de la subvención del gasóleo profesional son:
a) Vehículos de motor y conjuntos de vehículos acoplados destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera, por cuenta ajena o por cuenta propia, y con un (Peso Máximo Autorizado) P.M.A. ≥ a 7,5 Toneladas.
b) Vehículos destinados al transporte de pasajeros, regular u ocasional, incluidos en las categorías M2 ó M3.
M2 : vehículos con más de 8 plazas (excluida la del conductor) y (Peso Máximo Autorizado) P.M.A. ≤ 5 Tons.
M3 : vehículos con más de 8 plazas (excluida la del conductor) y (Peso Máximo Autorizado) P.M.A. ≥ 5 Tons.
c) Taxis provistos de las preceptivas autorizaciones y de aparato taxímetro.
Nuestro software Gas-prof (Software de Gasóleo profesional) es capaz de gestionar, las diferentes clases de vehículos para la tramitación automática con la Agencia Estatal de Adminsitración Tributaria (A.E.A.T) de la subvención del gasóleo profesional